EL TRIBUNAL SUPREMO ACLARA QUE EL MUFLÓN ES UNA ESPECIE EXÓTICA PERO NO INVASORA EN CASTILLA-LA MANCHA, Y DEJA EN MANOS DE LA AUTONOMÍA SU REGULACIÓN JURÍDICA

EL TRIBUNAL SUPREMO ACLARA QUE EL MUFLÓN ES UNA ESPECIE EXÓTICA PERO NO INVASORA EN CASTILLA-LA MANCHA, Y DEJA EN MANOS DE LA AUTONOMÍA SU REGULACIÓN JURÍDICA

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo señala que en Castilla-La Mancha el muflón debe calificarse como especie exótica, pero no como especie exótica invasora. Esta distinción supone que, en la práctica, su régimen jurídico depende de las autonomías, lo que podría tener especial interés a la hora de analizar la aplicación de la sentencia que hace unos meses incluía nuevas especies en el catálogo de especies invasoras exóticas.

En concreto, se trata de la sentencia 1699/2016, dictada en casación por la Sala de lo Contencioso-Administrativo y que revoca parcialmente una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha que anulaba varias modificaciones del Reglamento de Caza de esta comunidad autónoma.

El texto deja claro en sus argumentos jurídicos que a pesar de la denuncia interpuesta en su día por la entidad ecologista ACMADEN, lo cierto es que en Castilla-La Mancha esta especie es exótica, pero “ni era especie exótica invasora, ni potencialmente invasora”. Así, añade la sentencia, el muflón únicamente puede ser considerado especie exótica invasora en las Islas Canarias.

De esta forma, su régimen jurídico “queda sometido por entero a la legislación autonómica” y, en el caso de Castilla La Mancha se considera al muflón “como especie naturalizada, no exótica, luego cazable”.

Finalmente, la sentencia del Supremo estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al tiempo que desestima el recurso de AMADEN contra el apartado del Reglamento de Caza referido al muflón.

FOTO: By Fagairolles 34 – Own work, CC BY-SA 4.0, https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=4522756