ARGUMENTOS CONTRA LA MATANZA DEL ARRUÍ ESPAÑOL

ARGUMENTOS CONTRA LA MATANZA DEL ARRUÍ ESPAÑOL

ARTÍCULO DE RAIMUNDO MONTERO

Presidente de la Asociación Defensora de Hervíboros contra Incendios Forestales (ADHIF)

Desde ADHIF (Asociación Defensora de Herbívoros contra Incendios Forestales) presentamos las siguientes consideraciones para contribuir a que finalice pronto el exterminio del arruí español (español pues nos ha limpiado algunos montes de hierba este siglo y parte del XX):

1.- El Tribunal Supremo español dictó Sentencia 637/2016 contra el arruí y lo declaro invasor y dañino e instó a su exterminio de España, al dar respuesta a Ecologistas en Acción y otros grupos parecidos que tantas ganas tienen de liquidarlo completamente y que nunca han atendido las razones que desde ADHIF se le presentaban de que estaban muy equivocados.

2.- El Tribunal Supremo se fundamentó en su veredicto en pruebas científicas contra el arruí, pero como se basaban en el prejuicio ecologista de ser amantes sólo de la botánica y con prejuicios
infundados sobre los herbívoros; el tiempo ha demostrado que, los mismos científicos del CSIC que declararon dañino e invasor al arruí, han rectificado y actualmente piensan que no es dañino sino beneficioso para el ecosistema del sureste español y no desplaza para nada a la cabra montés.

3.- Lo que es difícil de entender es que si el doctor Jorge Cassinello (véase http://www.cienciaycaza.org/protagonista-del-mes/jorge-cassinello-roldan-/15) ha modificado su anterior criterio y solicitado como ADHIF y otros grupos que el Ministerio de Agricultura excluya al arruí del catálogo de especies invasoras y dañinas, ¿por qué no lo efectúa? ¿Por desidia? Es grave que no lo haga pues se lo solicitan los mismos científicos por lo cuales fue incluido en su día como dañino.

4.- Tampoco entendemos desde ADHIF que si el Tribunal Supremo se basa en unos estudios contra una especie animal, si esos trabajos han sido refutados por su mismos autores, ¿por qué no anula lo tocante a una especie que ya la ciencia no la considera perjudicial? Es como condenar a muerte a una persona y, si después de la sentencia aparecen pruebas de su inocencia, ¿sería justo que un tribunal permitiese que la ejecutasen?

5.- Para más pruebas en favor del arruí, la Comisión Europea (13-07-2016) ha ordenado a todos los países miembros (por supuesto, incluida España) que acaten su resolución y exterminen a las especies invasoras y preocupantes para la Unión Europea. Como era lógico y de suponer, el arruí no aparece en esa lista de especies a erradicar, ni que sean preocupantes. Al ser así, ¿ por qué el Ministerio de Agricultura no la excluye del catálogo español de especies preocupantes e invasoras, tal como lo ordena el mismo Presidente Jean-Claude Juncker, que es quien firma el Reglamento de obligado cumplimiento, el 13 de julio del 2016, en el Diario Oficial de la Unión Europea?

Pese a todo lo demostrado hasta aquí, la Generalitat Valenciana está llamando a los titulares de los cotos de las tres provincias a fin de que maten a todo arruí que se halle en sus dominios. Si la Conselleria de Medio Ambiente de la Generalitat es tan seguidista de la política pepera sobre la naturaleza y hasta mantiene a los mismos altos cargos del PP en lo referente a caza, especies, etc., ¿a causa de qué en este aspecto no hay cambio político en absoluto y,  en vez de tratar de mejorar el tema de la caza en su Comunidad, no se esfuerza nada para mejorarla y se lanza a la caza y aniquilación de un inocente animal con pruebas científicas en su favor y la resolución de la Unión Europea?

Desde ADHIF (http://wwwadhif.blogspot.com.es/) rogamos a la Conselleria de Medio Ambiente que rectifique esa matanza injustificada. Igualmente solicitamos a toda la gente de bien que nos
apoye contra este exterminio y pedimos a los cazadores que se nieguen a practicar esta masacre contra una especie animal tan bien aclimatada y beneficiosa contra los incendios forestales.